La presente Ley modifica la que tiene por objeto la regulación de la actividad urbanística y el régimen de utilización del suelo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación a parcelaciones urbanísticas en terrenos que tengan el régimen del suelo no urbanizable, disponiendo que el restablecimiento del orden jurídico perturbado se llevará a cabo mediante la reagrupación de las parcelas a través de una reparcelación forzosa, en la forma y en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
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Library ResourceLegislaciónAgosto, 2016España
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