El presente Acuerdo establece las excepciones a la norma general que determina la titulación de los terrenos baldíos de la Nación en Unidades Agrícolas Familiares. Cuando el peticionario sea ocupante de dos o más lotes de terrenos baldíos que se hallen destinados a pequeñas explotaciones agropecuarias cuya sumatoria no alcanza la extensión mínima determinada por el Instituto para la Unidad Agrícola Familiar en el correspondiente municipio, previa verificación de los requisitos legales y reglamentarios podrán titularse mediante la expedición de una sola resolución administrativa de adjudicación.
Implementado por: Acuerdo Nº 8 - Adopta las disposiciones establecidas por la Resolución Nº 41 de 1996 y el Acuerdo Nº 14 de 1995 del INCORA en materia de criterios para determinar las Unidades Agrícolas Familiares en terrenos baldíos y sus extensiones superficiarias. (2016-10-19)
Enmienda: Resolución Nº 17 - Criterios metodológicos para determinar la Unidad Agrícola Familiar en terrenos baldíos. (1995-05-16)
Autores e editores
Rafael Martinez
Provedor de dados
FAO Legal Office (FAOLEX)
The FAO Legal Office provides in-house counsel in accordance with the Basic Texts of the Organization, gives legal advisory services to FAO members, assists in the formulation of