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La presente Acuerdo adopta el Programa de Adquisición de Bienes para el Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, que servirá como instrumento para la asignación y entrega de tierras a las compensaciones de las víctimas cuyos bienes son imposibles de restituir y a los segundos ocupantes resultantes de los procesos de restitución, de conformidad con las providencias judiciales respectivas. El procedimiento de adquisición de bienes se aplicará de manera residual por el Fondo de la Unidad, en aquellos casos que resulte necesario para el cumplimiento de las órdenes judiciales de compensación y de manera directa para la atención de los denominados ocupantes secundarios que hayan sido reconocidos mediante providencias judiciales.
Implementado por: Resolución Nº 575 - Adopta la metodología y parámetros técnicos para la formulación del plan de adquisición de predios. (2016-08-22)
Implementa: Decreto Nº 4.801 - Crea la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. (2011-12-20)
Enmendado por: Resolución Nº 100 - Modifica el Acuerdo Nº 20, que adopta el Programa de Adquisición de Bienes para el Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. (2016-02-22)
Revocado por: Acuerdo Nº 35 - Adopta los criterios generales para la adquisición directa de bienes del Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Tierras Despojadas. (2017-02-08)