¿Qué nos dejó la COP2 de Escazú? Tres puntos clave que debemos analizar | Land Portal

La COP2 del Acuerdo de Escazú dejó como saldo la Declaración de Buenos Aires. Se enfocó en el rol del Comité de Aplicación y la puesta en marcha del mecanismo de financiamiento.

 

Por: Nicolás Avellaneda. Facilitador de la Coalición Nacional por la Tierra – ENI Argentina. Director de programas en Fundación Plurales

El Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, más conocido como el Acuerdo de Escazú,  es el primer tratado internacional ambiental de la región que aborda obligaciones específicas para proteger a las personas defensoras del medioambiente. Puede permitir la prevención de los conflictos ambientales asociados a la alta tasa de ataques que padecen las personas defensoras de la tierra y el medioambiente en ALC.

El acuerdo fue firmado por 24 países y lo ratificaron 15. Brasil, por los indicios que dieron las últimas declaraciones de la actual ministra de Brasil, serán el próximo país en ratificarlo.

En ese contexto, entre el 19 y el 21 de abril, se realizó la COP 2 de Escazú en Buenos Aires. Esta reunión extraordinaria de la Conferencia de las Partes del Acuerdo, fue acordada en el 2022 por los estados firmantes con la intención de avanzar rápidamente en tres puntos clave del acuerdo: (I) la definición de los miembros Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento; (II) el mecanismo de financiamiento para poder aplicar el acuerdo a nivel regional; y (III) como incluir en los planes nacionales a los y las defensoras ambientales como actores clave del acuerdo.

El encuentro reunió a representantes de los 15 países que ratificaron el Acuerdo de Escazú, delegados de ocho países en carácter de observadores, representantes de Naciones Unidas, organizaciones sociales y grupos de defensores ambientales.

Declaración de Buenos Aires

Durante la conferencia se aprobó una declaración que pone foco en el papel del comité y la necesidad de poner en marcha el mecanismo de financiación. 

Si bien la declaración carece de contenido técnico/político, se reconoce el gran desafío que supone la integración y puesta en funcionamiento del Comité mediante modalidades de trabajo creativas y equilibradas. Esto es lo que le va a permitir cumplir los fines que el Acuerdo le atribuye con una participación significativa del público y de las Partes, según corresponda, con base en un proceso de diálogo abierto, transparente y constructivo, de acuerdo con las reglas de composición y funcionamiento de dicho Comité. La declaración también reitera la necesidad de obtener apoyo adecuado para la implementación del Acuerdo. La declaración puede leerse completa haciendo clic aquí.

 

Tres puntos clave que dejó la COP 2 de Escazú

I- Se eligieron las y los siete integrantes del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento del Acuerdo de Escazú

El comité es un órgano subsidiario de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú para promover la aplicación y apoyar a las Partes en la implementación del Acuerdo. Es un órgano de carácter consultivo, transparente, no contencioso, no judicial y no punitivo.

Se rige por sus reglas de composición y funcionamiento, adoptadas en la primera reunión de la Conferencia de las Partes.

Resultaron elegidos para su primera conformación: Guillermo Eduardo Acuña (Chile); Mariana Blengio Valdés (Uruguay); Rita Leonette Joseph-Olivetti (Granada); Patricia Madrigal Cordero (Costa Rica); Andrés Napoli (Argentina); Carole Denise Angela Stephens (Jamaica); y Félix Wing Solís (Panamá).

III- Defensoras de Derechos Humanos en Asuntos Ambientales

Este es, sin dudas, el punto más endeble y cuestionado desde las organizaciones de la sociedad civil y, principalmente, desde las y los defensores ambientales. Durante la conferencia de partes se registraron numerosos reclamos por la poca oportunidad real de participación y las trabas burocráticas establecidas para poder acreditar como público a la COP2, así como sucedió en Ecuador. Estos pedidos no solo fueron realizados ante los entes anfitriones, sino también ante CEPAL. Si bien el artículo 9 de Escazú es uno de los temas centrales a tratar por la ciudadanía se evidenció poco espacio para la participación de personas defensoras. 

Los side event fueron totalmente virtuales por lo que funcionaron en paralelo a la conferencia. En el recinto oficial, en el marco de los “eventos asociados”, solo existió un evento que indagó específicamente en la situación de los y las defensoras en América Latina y Caribe. Fue el que impuslaron Fundación Plurales, Plataforma de Defensores y Defensoras Ambientales  y la Coalición Nacional por la Tierra (CNT) de Argentina.

El viernes 21 se presentaron los resultados del Primer Foro Anual de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos en Asuntos Ambientales de América Latina y el Caribe que se realizó en Quito, Ecuador, y se anunció que Panamá será la sede del segundo foro, que se desarrollará en septiembre de 2023. 

Sin embargo, los avances para llegar al plan de acción de protección de personas defensoras ambientales no son lo suficientemente rápidos y ese objetivo sigue siendo lejano para los y las defensoras. Estas personas sufren la criminalización, el hostigamiento, la violencia y la persecución desde hace décadas. Un proceso que se incrementa en toda la región con el avance incuestionado de las industrias extractivas como solución al déficit de las balanzas comerciales.

IV- Avances para la implementación del mecanismo

Argentina, Chile, Ecuador, México, Santa Lucía y Uruguay presentaron acciones para diseñar sus planes nacionales de implementación del Acuerdo. Además, se puso en marcha un Fondo de Contribuciones Voluntarias con el aporte de México (150.000 dólares) y el anuncio de un aporte por parte de Chile, que se suman al aporte realizado por la Argentina con el desarrollo de esta COP2. 

Si bien son pasos pequeños, desde la sociedad civil esperamos que sean la punta de lanza que anime al resto de los Estados a motorizar recursos y acciones específicas para aplicar este tratado único en su tipo. 

 

Copyright © da fonte (mencionado acima). Todos os direitos reservados. O Land Portal distribui materiais sem a permissão do proprietário dos direitos autorais com base na doutrina de “uso justo” dos direitos autorais, o que significa que publicamos artigos de notícias para fins informativos e não comerciais. Se você é o proprietário do artigo ou relatório e gostaria que ele fosse removido, entre em contato conosco pelo endereço hello@landportal.info e removeremos a publicação imediatamente.

Várias notícias relacionadas à governança da terra são publicadas no Land Portal todos os dias pelos nossos usuários, partindo de várias fontes, como organizações de notícias e outras instituições e indivíduos, representando uma diversidade de posições sobre cada tópico. Os direitos autorais estão na origem do artigo; a fundação não tem o direito legal de editar ou corrigir o artigo, nem endossar o seu conteúdo. Para fazer correções ou solicitar permissão para republicar ou outro uso autorizado deste material, entre em contato com o detentor dos direitos autorais.

Compartilhe esta página