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El artículo expone la problemática acerca de la denominada regulatory takings o regulación expropiatoria, institución jurisprudencial del derecho anglosajón, en virtud de la cual se considera que el Estado hace una expropiación de facto a través de una regulación que reduce o elimina -sustancial o completamente- el valor de la propiedad, y que como consecuencia de dicha regulación debe indemnizar al afectado. Para ello, se estudia el origen de esta creación por parte de la Corte Suprema de los Estados Unidos, y se analizan los casos históricos más relevantes en esta materia, a la luz de los estudios que la doctrina de ese país ha realizado. En este trabajo se pretende establecer una teoría unificada que permita trazar un criterio uniforme para resolver cuándo estaríamos en presencia de una regulación expropiatoria. Finalmente, deja abierto el desafío para la recepción y desarrollo de dicha doctrina en el debate constitucional chileno.