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Esta Ley establece las normas relacionadas con el uso del fuego en el Estado de Yucatán, especialmente para realizar las quemas con fines agropecuarios, ganaderos y forestales el procedimiento tradicional de roza-tumba-quema. El objetivo de estas disposiciones es controlar los riesgos derivados de dicho procedimiento, fijando medidas para prevenir y combatir los incendios forestales y agropecuarios.La Ley consta de diez Capítulos. El Capítulo II indica las autoridades competentes y define sus atribuciones; el Capítulo III crea el Comité Estatal de Prevención y Combate de Incendios, como órgano operativo estatal, para la planeación, coordinación y ejecución de acciones permanentes. El Capítulo V regula lo referente a las autorizaciones para efectuar quemas. El Capítulo VI regula lo referente a la realización de las quemas (períodos, modalidades). El Capítulo VIII tiene por objeto el combate de los incendios, mientras que el Capítulo IX está dedicado a la restauración de las áreas afectadas. Por último, el Capítulo X introduce el régimen sancionatorio aplicable.