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El presente Acuerdo, reconociendo los asentamientos tradicionales de las Comunidades Indígenas Waorani, procede a la revisión de los límites del Parque Nacional Yasuní (PNY), amplia el territorio del PNY, como Patrimonio Nacional de Áreas Naturales, hacia el sector suroccidental comprendido entre los ríos Cononaco y Curaray, con la finalidad de conformar una unidad ecológica integral que permita la conservación y manejo de las principales cuencas y subcuencas de ese sector.
Implementado por: Decreto Nº 552 - Declara Zona Intangible de Conservación vedada a todo tipo de actividad extractiva las tierra de habitación y desarrollo de los grupos Huaorani y otros eventuales que permanecen sin contacto, ubicadas hacia el sur de las tierras del Parque Nacional Yasuní (PNY). (1999-01-29)
Enmienda: Acuerdo Nº 322 - Establece el Parque Nacional Yasuní (PNY). (1979-07-26)