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El presente Decreto tiene por objeto la implementación de la Ley Nº 23.302 en lo que se refiere a la estructura y funcionamiento del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. El Registro Nacional de Comunidades Indígenas formará parte de dicho instituto y tendrá carácter público. Podrán establecerse registros locales en el interior. El Decreto prevé el desarrollo de porgramas de asistencia sanitaria de las comunidades indígenas, prestando prioridad a la salud infantil. Los programas de referencia deberán estructurarse sobre el principio internacionalmente reconocido que la salud no es solamente la ausencia de enfermedades sino un estado físico, mental y social de bienestar, en el que el saneamiento ambiental y la nutrición adecuada están entre las condiciones esenciales (art. 3º).
Implementa: Ley Nº 23.302 - Crea la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas para protección y apoyo a las comunidades aborígenes. (1985-09-30)