La presente Ley regula la expropiación pro utilidad pública. La utilidad pública debe servir de fundamento legal a la expropiación, y comprende todos los casos en que se procure la satisfacción del bien común, sea éste de naturaleza material o espiritual. Podrá actuar como expropiante el Estado Provincial; también podrán actuar como tales las Municipalidades, las Entidades Autárquicas Provinciales y las Empresas del Estado Provincial, en tanto estén expresamente facultadas para ello por sus respectivas leyes o leyes especiales.
Auteurs et éditeurs
This is an overarching classification for all of Argentina's governmental entities.
Fournisseur de données
FAO Legal Office (FAOLEX)
The FAO Legal Office provides in-house counsel in accordance with the Basic Texts of the Organization, gives legal advisory services to FAO members, assists in the formulation of