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El Fonde de Tierras (FONTIER) es una asociación civil, sin fines de lucro, con personería jurídica, patrimonio y gobierno propio, de duración indefinida y con independencia administrativa, técnica y financiera (art. 1º). Tiene los siguientes fines: a) formalizar, ampliar y estructurar un esquema de financiamiento, incluyendo el redescuento de hipotecas fundamentalmente para la adquisición de tierras rurales por parte de personas que califiquen como beneficiarios de la reforma agraria; b) facilitar el acceso a la tierra, a los productos agropecuarios, con énfasis en los del sector reformado; y c) promover el conocimiento del nuevo sistema para estimular la participación (art. 3º). Tiene, entre otras, las siguientes funciones: a) crear los mecanismos financieros para la parcelación y traspaso de predios rurales destinados a la producción agropecuaria; b) establecer un mercado secundario de hipotecas; c) controlar créditos de fuentes nacionales e internacionales; d) promover y estimular la inversión de capitales públicos o privados, nacionales o extranjeros, para el financiamiento de predios rurales destinados a la producción agropecuaria; e) adquirir y enajenar créditos hipotecarios otorgados por los intermediarios; f) emitir obligaciones en formna de bonos, cédulas y cualquier otro título valor; g) subsidiar hasta en un 50 por ciento de su valor de mercado las ventas de tierras nacionales a beneficiarios de la reforma agraria, en parcelas hasta de 10 hectáreas por persona; h) financiar contratos de arrendamiento con opción a compra a favor de los beneficiarios de la reforma agraria.