Decreto Nº 97 - Reglamenta la expedición de licencias urbanísticas en suelo rural.
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El presente Decreto reglamenta la expedición de licencias urbanísticas en suelo rural y dispone que no se podrán expedir licencias de parcelación o construcción autorizando parcelaciones en suelo rural para vivienda campestre, mientras no se incorpore en el plan de ordenamiento territorial la identificación y delimitación precisa de las áreas destinadas a este uso, con la definición de las normas urbanísticas de parcelación, las cuales deberán tener en cuenta la legislación agraria y ambiental.
Implementado por: Decreto Nº 1.069 - Cálculo del índice de ocupación en las áreas de desarrollo en suelo rural. (2009-03-31)
Enmendado por: Decreto Nº 1.077 - Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. (2015-05-26)
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