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El presente Reglamento desarrolla y complementa los principios, objetivos, procedimientos e instrumentos previstos en la Ley de ordenamiento territorial. Asimismo, introduce normas para el funcionamiento y la coordinación de las instancias administrativas responsables. A este último respecto, el Reglamento establece disposiciones detalladas sobre las siguientes instituciones: Consejo Nacional de Ordenamiento Territorial; Comité Ejecutivo de Ordenamiento Territorial; Consejos Departamentales de Ordenamiento Territorial; Consejos de Ordenamiento Territorial de Mancomunidades; Unidades Técnicas de Ordenamiento Territorial; Dirección General de Ordenamiento Territorial. Las restantes disposiciones se refieren a los instrumentos técnicos de planificación obligatorios, al Sistema Nacional de Información Territorial y al acceso público a la información en tema de ordenamiento territorial.
Implementa: Decreto Nº 180/03 - Ley de ordenamiento territorial. (2003-11-28)