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Library Decreto Nº 201/008 - Sustitúyanse los artículos 2° y 11° del Decreto 225/007 (norma relativa al régimen de titularidad de inmuebles y explotaciones agropecuarias) y agrégase el artículo 12°.

Decreto Nº 201/008 - Sustitúyanse los artículos 2° y 11° del Decreto 225/007 (norma relativa al régimen de titularidad de inmuebles y explotaciones agropecuarias) y agrégase el artículo 12°.

Decreto Nº 201/008 - Sustitúyanse los artículos 2° y 11° del Decreto 225/007 (norma relativa al régimen de titularidad de inmuebles y explotaciones agropecuarias) y agrégase el artículo 12°.

Resource information

Resource Language
ISBN / Resource ID
LEX-FAOC078722
License of the resource

El presente Decreto modifica el Decreto Nº 225/007 en el sentido de reemplazar las disposiciones contenidas en los artículos 2º y 11. El artículo 2º se refiere a las excepciones a las restricciones para la titularidad del derecho de propiedad sobre inmuebles rurales y explotaciones agropecuarias. En virtud de estas nuevas normas, también podrán ser titulares los administradores de fondos de ahorro previsional y las sociedades comerciales, siempre y cuando cuenten con previa autorización del Poder Ejecutivo. El artículo 11 reglamenta el desarrollo de actividades durante el plazo de adecuación previsto por el Decreto Nº 225/007.

Enmienda: Decreto Nº 225/07 - Reglamenta la Ley Nº 18.092 , que declara de interés general que los titulares del derecho de propiedad sobre los inmuebles rurales y las explotaciones agropecuarias sean los que se determinan. (2007-06-25)

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Authors and Publishers

Author(s), editor(s), contributor(s)

IM.P.O.

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