Ley Nº 5.446 – Políticas públicas para mujeres rurales. | Land Portal

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LEX-FAOC150892
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La presente Ley tiene como objetivo general promover y garantizar los derechos económicos, sociales, políticos y culturales de las mujeres rurales, para alcanzar su empoderamiento y desarrollo. Se entiende por mujer rural a la mujer cuyos medios de vida e ingresos están directa o indirectamente relacionados con la agricultura, la ganadería, artesanía u otra actividad productiva que se desarrolle en el ámbito rural y que se encuentre en situación de vulnerabilidad social, económica y cultural. Los principios rectores en esta materia son los de igualdad, equidad, empoderamiento e inclusión social. La Ley reconoce las siguientes categorías de derechos de las mujeres rurales: a) económicos; b) sociales (acceso a los servicios sociales básicos). En el marco de los derechos económicos se contempla garantizar a las mujeres rurales el derecho al empleo digno, oportunidades de acceso, contratación, promoción y capacitación, además de desarrollar programas de acceso de las mujeres a la tierra. Asimismo se prevé dar participación protagónica a las mujeres rurales en la validación de especies y variedades de semillas nativas y criollas, que respondan a sus necesidades alimentarias, de ingresos y que sean adecuadas a sus condiciones agroecológicas, a los efectos de garantizar el desarrollo nacional sustentable.

Implementado por: Reglamento del funcionamiento interno de la Comisión Interinstitucional para la Aplicación de la Ley N° 5446 Políticas Públicas para Mujeres Rurales (CIAL). (2017-07-12)

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