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La presente Ley tiene por objeto el marco normativo que rige la administración y disposición de las tierras fiscales provinciales, con excepción de las correspondientes a actividades mineras y forestales que cuenten con reglamentación específica. La política de administración y disposición de las tierras fiscales provinciales, tal como definida por las presentes disposiciones, tiene por finalidad la incorporación de las mismas al proceso económico para el aprovechamiento racional y sustentable de los recursos naturales. En particular, la Ley regula detalladamente el procedimiento de adjudicación de las tierras fiscales, que podrá realizarse mediante: a) concurso público; b) adjudicación directa; c) regularización de antiguas ocupaciones.
Enmendado por: Ley Nº 341 - Modificación de la Ley de tierras fiscales provinciales. (1996-10-10)