Decreto Supremo Nº 29.103 - Reglamento de monitoreo socio-ambiental en actividades hidrocarburíferas dentro del territorio de los pueblos indígenas originarios y comunidades campesinas.
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El presente Decreto tiene por objeto establecer las atribuciones, los procedimientos y los mecanismos del monitoreo socio-ambiental relativos a todas las actividades hidrocarburíferas que tengan influencia en los territorios de los pueblos indígenas originarios y comunidades campesinas. Asimismo, el Decreto define el marco institucional para las actividades de monitoreo socio-ambiental, cuya autoridad principal estará constituida por el Comité de Monitoreo Socio-Ambiental Nacional.
Implementa: Ley Nº 3.058 - Ley de hidrocarburos. (2005-05-05)
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