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El presente Decreto Supremo aprueba las reglas para la presentación y evaluación del Informe de Identificación de Sitios Contaminados, en base a las disposiciones complementarias para la aplicación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para suelo. La Autoridad Ambiental Competente en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, contados a partir de la fecha de recepción del Informe de Identificación de Sitios Contaminados, debe realizar la evaluación y emitir el acto administrativo que determine, en caso corresponda, el inicio de la fase de caracterización. Los titulares que presenten sus informes de identificación de Sitios Contaminados, tendrán un plazo máximo de veinticuatro meses para la presentación de su Plan de Descontaminación de Suelos, contados a partir de la fecha de notificación del acto administrativo que determine el inicio de la fase de caracterización.
Implementa: Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAM ─ Disposiciones complementarias para la aplicación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo. (2014-03-23)
Revocado por: Decreto Supremo Nº 012-2017-MINAM ─ Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados. (2017-12-01)