Decreto Nº 62 - Crea el Centro Nacional de Registros.
El presente Decreto crea el Centro Nacional de Registros y establece su régimen administrativo, y será el encargado de asumir oportunamente las facultades y atribuciones que las leyes confieren a la Dirección General de Registros, incluyendo el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas y el Registro de Comercio, y al Instituto Geográfico Nacional, así como actividades consideradas de interés nacional para garantizar la seguridad jurídica sobre la propiedad y/o los derechos ciudadanos.