Decreto Nº 2.201 - Reglamenta parcialmente la Ley Nº 388 de 1997, Normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes.
El presente Decreto reglamenta la Ley Nº 388 de 1997, estableciendo que los proyectos, obras o actividades considerados de utilidad pública e interés social podrán ser adelantados en todo el territorio nacional de manera directa o indirecta a través de cualquier modalidad contractual, previa la expedición de la respectiva licencia o del correspondiente instrumento administrativo de manejo y control ambiental por parte de la autoridad ambiental correspondiente.